Carta de Derechos de las Personas con Autismo
La Carta de Derechos de las Personas con Autismo recoge derechos que deberían ser defendidos, protegidos y puestos en vigor por una legislación propia en cada país. Fue presentada en el 4º Congreso de Autismo-Europa, en La Haya, el 10 de Mayo de 1992 y adoptada bajo forma de Declaración por el Parlamento Europeo el 9 de Mayo de 1996.
Estos son los derechos que recoge la carta:
1. EL DERECHO de las personas con autismo a disfrutar de una vida plena independiente y desarrollarse en la medida de sus posibilidades.
2. EL DERECHO de las personas con autismo a un diagnóstico y asesoramiento clínico preciso, accesible y libre de prejuicios.
3. EL DERECHO de las personas con autismo a recibir una educación apropiada, accesible a todos, con plena libertad.
4. EL DERECHO de las personas con autismo (o sus representantes) a participar en toda decisión que pueda afectar a su porvenir. Los deseos del individuo deben ser reconocidos y respetados, en la medida de lo posible.
5. EL DERECHO de las personas con autismo a una vivienda accesible y apropiada. ↓
6. EL DERECHO de las personas con autismo a los equipos, la ayuda y los servicios de apoyo necesarios para disfrutar de una vida plenamente productiva con dignidad e independencia.
7. EL DERECHO de las personas con autismo a recibir ingresos o salarios suficientes para procurarse alimentación, ropa y vivienda adecuadas así como para sostener cualquier otra necesidad vital.
8. EL DERECHO de las personas con autismo a participar, en la medida de lo posible, en el desarrollo y la administración de los servicios proporcionados para su bienestar.
9. EL DERECHO de las personas con autismo a tener el asesoramiento y cuidados apropiados para su salud mental y física y para su vida espiritual. Lo que significa que le sean proporcionados los mejores tratamientos y medicamentos y les sean administrados para su mejor beneficio y tomando todas las precauciones necesarias.
10. EL DERECHO de las personas con autismo a una formación que responda a sus deseos y a un empleo significativo, sin discriminación, ni ideas preconcebidas. La formación y el empleo deberían tener en cuenta la capacidad y las preferencias del individuo.
11. EL DERECHO de las personas con autismo a la accesibilidad de los medios de transporte y la libertad de movimientos.
12. EL DERECHO de las personas con autismo a participar de la cultura, entretenimientos, actividades recreativas y deportivas y a disfrutar de todo ello plenamente.
13. EL DERECHO de las personas con autismo a disfrutar y utilizar los equipos, servicios y actividades puestos a disposición del resto de la comunidad.
14. EL DERECHO de las personas con autismo a tener relaciones sexuales así como el matrimonio, sin coacción o abuso.
15. EL DERECHO de las personas con autismo (o sus representantes) a asistencia jurídica así como a la total protección de sus derechos.
16. EL DERECHO de las personas con autismo a no ser sometidas por el miedo o la amenaza a un confinamiento injustificado en hospital psiquiátrico o cualquier otra institución restrictiva.
17. EL DERECHO de las personas con autismo a no sufrir maltrato físico o negligencia en su cuidado.
18. EL DERECHO de las personas con autismo a no sufrir abuso farmacológico.
19. EL DERECHO de las personas con autismo (o sus representantes) a tener acceso a su archivo personal tanto médico como psicológico, psiquiátrico y educativo.